Tenemos registro nacional de deudores alimentarios; no podrán tramitar INE y pasaporte
Es una realidad, los deudores alimentarios no podrán tramitar INE, pasaporte o contender por un cargo político, al estar en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
Carmen Ortíz/ Perspectiva M
A partir del martes 9 de mayo, los deudores alimentarios morosos no podrán obtener licencias de conducir, pasaportes y documentos de identidad, así como participar en cargos concejiles y elecciones populares, para ello tendrán que estar en la lista del registro nacional de deudores alimentarios, del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Estas medidas se van a implementar gracias a las reformas a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que crean el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cuál fue publicado el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación.
Este registro recopila la información clave de los deudores, como nombre, apellidos, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Para facilitar el acceso al certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, se dispondrá de un sitio web donde se generará automáticamente de forma gratuita.
Ahora todas las autoridades de los tres niveles de gobierno están obligados a requerir este certificado en diversos trámites, como la obtención de licencias de conducir, pasaportes, documentos de identidad y solicitudes de matrimonio.
En caso de deudores alimentarios morosos que deseen salir del país, las autoridades federales podrán implementar medidas de restricción migratoria para evitar la evasión de pago.
Los deudores podrán solicitar al juez se les autorice un permiso para salir de México, para obtenerlo el deudor deberá pagar la mitad de la deuda y deberá dejar un depósito en garantía del total de pensión correspondiente a 90 a 365 días.
Es importante destacar que el registro aún no está en funcionamiento y que se tendrá que esperar casi un año para que los moros puedan ser inscritos, ya que el Sistema Nacional DIF tiene un plazo de trescientos días hábiles para implementarlo.
Por su parte, los Congresos Locales y los Tribunales Superiores de Justicia contarán con un plazo máximo de ciento veinte días para homologar sus leyes con las federales.